PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano LUIS MANUEL MUÑOZ, plenamente identificado al inicio, a pagar una pena de DOS AÑOS, por haberse establecido su culpabilidad en la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE SIN PENETRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 260, en relación con lo establecido en el artículo 259 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y el Adolescente, en perjuicio de la víctima (...).
SEGUNDO: como quiera que el acusado fue juzgado el libertad, se le condena a someterse a régimen de presentación, cada treinta (30) días, por ante el Tribunal del Municipio Piar, por el lapso de DOS (02) AÑOS, por lo que se establece como fecha provisional para el cumplimiento de la pena el día 19 de septiembre de 2018. ASÍ SE ESTABLECE.
TERCERO: Se ratifican las Medidas de Protección y Seguridad a favor de la Víctima conforme al artículo 90 ordinales y 5° 6º de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por el tiempo que dure la .....