´Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos NURVIS DE LOURDES NADALES MANZANO y RONNALD RAFAEL SALAZAR RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-21.196.420 y V-22.587.571, en fecha 28 de Noviembre de 2018, por ante la Oficina de Registro Civil Municipal ubicado en la Urbanización Nueva Chirica del Municipio Autónomo Caroní del Estado Bolívar, tal y como consta del acta de matrimonio inserta bajo el Nro. 258, Libro 3, de los libros del año 2018, acompañado a la presente causa. La mujer no podrá usar en lo adelante el apellido del que fue espo.....