MEDIACION POSITIVA. Hoy, tres (03) de noviembre de 2009, a las once de la mañana (11:00 a.m.), se dio continuidad a la Audiencia Preliminar en el presente juicio y visto que la mediación fue positiva, este Tribunal Homologa la transacción celebrada por las partes, en todas y cada una de sus partes dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, artículos 10 y 11 de su Reglamento, y articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándose por concluido el proceso.