VIII
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, CON SEDE EN LA CIUDAD DE PUERTO ORDAZ, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la ciudadana ANTONIA WALLS, abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nº 107.666, en nombre y representación del ciudadano HECTOR AVILA en contra de la Sentencia de fecha seis (06) de Abril de 2015, dictada por el Tribunal Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Puerto Ordaz.
SEGUNDO: Se CORFIRMA la Sentencia Recurrida de fecha seis (06) de Abril de 2015, dictada por el Tribunal Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Puerto Ordaz.
TERCERO:¬ Se RATIFICA e.....