Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, y de Tránsito, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO sigue la ciudadana SARVIA VIVAS ORDAZ contra la Sociedad Mercantil EL CORTINERO C.A., todo ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales antes citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
Se declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el apoderado judicial especial de la parte demandada La Sociedad Mercantil EL CORTINERO C.A.