Se deja sin efecto por contrario imperio el auto resolutorio Nro. PJ000752007000206 que riela en el folio 131 del presente expediente, se ordena la notificación a la señalada empresa demandada CVG BAUXILUM C.A. mediante exhorto concediendo el debido término de distancia conforme a la ley, a fin de que comparezca a la celebracion de la audiencia preliminar. Así se declara.