Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: Con Lugar el Recurso de Apelación ejercido contra Auto Interlocutorio, por la Abogada María Angélica Lezama, Apoderada Judicial de la ciudadana víctima Kenny Yuraima Tocuyo, actuante en el proceso penal seguídole al ciudadano acusado Joao Arthur Machado Pereira; tal impugnación ejercida a fin de refutar la decisión que emitiera el Tribunal 2º de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de este Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en la Extensión Territorial Puerto Ordaz, publicada in extenso en fecha 23-11-2009; y mediante la cual declara Inadmisible la Acusación presentada por el Ministerio Público en fecha 12.11.09, toda vez que fuera presentada de manera extemporá.....