Se declara CON LUGAR la Apelación interpuesta por el ciudadano DOMINGO ALBERTO PERCIBALLI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 8.532.742, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil SERVILAVORO, C.A., asistido por el Profesional del Derecho, ciudadano CARLOS MACCALLUNS, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 54.025, en contra de la decisión dictada en fecha nueve (09) de Agosto de dos mil trece (2013), por el Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en el Juicio por acción de nulidad contenido en el Asunto FP11-N-2013-000069.
Como consecuencia de la declaratoria que antecede, se REVOCA el contenido de la referida decisión por las razones antes expresadas. Se REPONE LA CAUSA al estado de que el Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la.....