Por las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso ordinario de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia de fecha 30 de octubre de 2013 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE REVOCA la recurrida sentencia en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se declara PRESCRITA LA ACCION por cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano PEDRO FERMIN QUINTERO VILLEGAS contra los ciudadanos MARIANA DEL VALLE CANTILLO PETIT, FELIPE MARTIN CANTILLO RODRIGUEZ, DAYSI VICTORIA CANTILLO RODRIGUEZ y CINTHYA PATRICIA CANTILLO RODRIGUEZ, ambas partes plenamente identificadas a los auto.....