En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: DECLARAR LA PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL y en consecuencia, se extingue la presente solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO, solicitada por la ciudadana MARIA DIONISIA ALVARADO ESCALONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.709.620.