Se dictó decisión en la presente causa acogiendo la calificación correspondiente al Delito de Violencia Física Agravada, acordándose medida de protección y Seguridad de las establecidas en los ordinales 5º,6º y 13º del articulo 87 de la referida Ley especial. Se acordó Medida cautelar sustitutiva de la Privativa de Libertad de la establecida en el articulo 256 ordinal 3º al imputado, consistente en presentaciones cada 30 días por ante la comisaría Policial Nº 03 Upata. Se acordó seguir la presente causa por el procedimiento especial.