Este Tribunal declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana: CARMEN AURORA PINDEDA MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° V-7.582.759, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno propiedad Municipal, construidas por el Instituto Nacional de la Vivienda, según consta documento de propiedad debidamente registrado bajo el número Trece (13), Folios 120 al 125, Protocolo Primero, Tomo 3 del año 2012, a las cuales se le practicaron unas mejoras según Mensura Catastral, expedida por la Dirección de Catastro y Tierra de la Alcaldía Bolivariana del Municipio José Antonio Páez del Estado Yaracuy, en fecha 16 de Enero del 2015, dicho terreno esta signado con el Código Catastral Actual Nº 005-007-006-001-001-001 y cuenta con un área total de terreno de CIENTO OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (189,47 MTS2), con un área total de construcción de TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON DIECISEIS.....