DECISION
Por las razones de hecho y de derecho antes expresados; este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con competencia en materia de Jurisdicción voluntaria de conformidad con el artículo 3 de la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2.009, publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 en fecha 02 de Abril de 2.009, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, imparte la respectiva HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO de fecha 19 de Enero de 2024, en los mismos términos planteados, presentado por los ciudadanos EVERLYN JOSEFINA GITENNS GUERRA, MAGINOT TRINIDAD GUERRA DE MEZA, CARMEN YANITZA GUTIERREZ GUTIERREZ, DANIEL JOSE LOPEZ GUTIERREZ, ODALIS JOSEFINA GUERRA Y LISETH BELYS FARFAN GARCIA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas Nros V-17.163.841, V- 8.86.....