Por las razones, anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: QUE ES INCOMPETENTE en razón de la materia para conocer y decidir de la ACCION MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE CONCUBINATO presentada por la ciudadana LEYDYS JOSEFINA GUARISMA SANCHEZ contra el ciudadano FRANCISCO RAFAEL VALLEJO GARCIA.
SEGUNDO: SE DECLINA LA COMPETENCIA al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Sala de Juicio con Sede en Puerto Ordaz.
TERCERO: una vez transcurrido el lapso de cinco (05) días de despacho siguientes a la presente decisión se ordenara REMITIR el Expediente al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Exten.....