En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la defensa de falta de cualidad alegada por la representación judicial del INSTITUTO AUTÓNOMO PARA LA SALUD DEL ESTADO YARACUY (PROSALUD). SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoado por el ciudadano JUAN SIVIRA, CONTRA: el INSTITUTO AUTÓNOMO DE LA SALUD DEL ESTADO YARACUY (PROSALUD) y EL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD. TERCERO: Se condena a las demandadas a cancelar los montos y conceptos que se señalen en el texto integro de la sentencia. CUARTO: NO SE CONDENA EN COSTAS a la demandada con fundamento en lo establecido en sentencia Nº 694 de fecha 06/04/2006 dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en el caso: Trina Betancourt contra Cor.....