DECISIÓN
En consecuencia, por lo antes señalado este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley "DECRETA LA LIBERTAD PLENA POR CUMPLIMIENTO DE PENA al penado GUILLERMO ANTONIO BERMUDEZ YANEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.353.287, domiciliado en la avenida Urdaneta con Negro Primero casa N° 285 sector Caja de Agua Municipio Cocorote, Estado Yaracuy, de conformidad con lo previsto en el Artículo 44 Ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en relación con los Artículo 479 numeral 1° ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud del cumplimiento de la pena impuesta al penado antes identificado. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
Juez de Ejecución Nº 1 La Secretaria
Abg. Jenny Andaluz Affign.....