Este Tribunal de Control N °2 de conformidad con la parte in fine del artículo 323 del Código orgánico Procesal, que establece que si el Fiscal Superior ratifica el pedido de sobreseimiento, el Juez lo dictará pudiendo dejar a salvo su opinión en contrario, DECRETA el Sobreseimiento de la Causa seguida a DAVIDON BRICEÑO SERGEY, QUERALES QUIÑÓNEZ GILBERTO Y DAVIDON BRICEÑO YURY por el delito de ROBO GENERICO Y LESIONES, y en perjuicio de EDUVIGES MELENDEZ.