DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional incoada por la abogada en ejercicio JOSEFINA PERFETTI, Inpreabogado N° 86.292, actuando con el carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil CAUCHOS RIO APURE C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil del Estado Yaracuy, en fecha 21 de diciembre de 2009, bajo el N° 19, tomo 26-A y reformado sus estatutos en asamblea inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha 16 de septiembre de 2021, bajo el N° 21, tomo 21-A RM 466 y domiciliada en el Municipio Nirgua del Estado Yaracuy contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha 25 de noviembre de 2021, recaída en el expediente N° 175/2021 de la nomenclatura interna del mencionado Juzgado.
SEGUNDO: SE ORDENA AGREGAR A LOS AUTOS en su deb.....