En el caso de autos, se trata de la apelación a un auto de mero trámite en el que se declaró improcedente la solicitud de notificación del demandado por correo electrónico por las razones que allí se expresan, en consecuencia este Tribunal declara improcedente el recurso de apelación ejercido en contra del auto de fecha 26/06/2024, en virtud que el mismo es un auto de mero trámite, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil aplicado por remisión analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. ASI SE ESTABLECE.