DISPOSITIVO
Como consecuencia de los razonamientos anteriores, este Tribunal Mixto de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por unanimidad de sus miembros: DECLARA CULPABLE al ciudadano YHONATAN ALBERTO CASTRO AZUAJE, por la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida se llamase Neomar Andrades Agaton, y lo CONDENA a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, más las penas accesorias establecidas en el artículo 13 del Código Penal, en las condiciones que establezca el Tribunal de Ejecución que le corresponda ejecutar la pena. La Presente sentencia definitiva se dicta de conformidad con los artículos 22, 48, numeral 1° en concordancia con el 318, numeral 3°, 332, 333, 335, 338, 364, 365 y 367 del Código Orgánico Procesal Penal. P.....