Se dictó sentencia mediante la cual se declaró SIN LUGAR las Defensas Perentorias de la Inadmisibilidad de la Acción por no haberse agotado la vía administrativa y la Prescripción de la acción alegadas por la representación judicial de la accionada, y SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JOSE ANGEL BELMONTE ALZOLAY en contra de la empresa CVG CARBONORCA, C.A, con motivo de Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales.