DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, suscrita y presentada por el ciudadano LIZCANO ZUÑIGA VICTOR MANUEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° V-23.138.268, con domicilio en la 4ta calle, Sector Las Tunitas del Municipio Nirgua del estado Yaracuy, contra el ciudadano CEBALLOS MEJIA JHON JAMES, extranjero, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-82.000.705. En consecuencia,
SEGUNDO: Téngase de conformidad con lo preceptuado en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 1363 y 1364 del Código Civil, LEGALMENTE RECONOCIDO EL INSTRUMENTO PRIVADO suscrito por el ciudadano CEBALLOS MEJIA JHON JAMES, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº E-82.000.705, con domicilio en el Municipio Nirgua del estado Yaracuy; mediante el cual da en venta en forma pura, simple perf.....