Acto seguido el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada declara en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, que visto el acuerdo suscrito por las partes se abstiene de practicar la medida de Embargo. Es todo. El Tribunal habiendo cumplido su misión ordena su regreso a su sede siendo las Cinco y Veinte Minutos (05:20 p.m.), de la tarde. Terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez,
Dr. FRANKLIN OVIEDO FLORES
El Notificado,
La Parte Actora
La Abogada de la parte actora,
El Representante de la Depositaria Judicial Yaracuy, S.R.L.
El Perito Avaluador,
.....