Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano RICHARD DANIEL LOPEZ BERIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 18.827.799, por cobro de prestaciones sociales y demás conceptos derivados de la relación laboral, en contra de la Entidad de Trabajo S.S. SERVICIOS DE SEGURIDAD, C.A., y en consecuencia, se condena a ésta a pagar al demandante la suma total de DIESICEIS MIL NOVECIENTOS ONCE BOLIVARES CON QUINCE CENTIMOS (Bs. 16.911,15) por los conceptos laborales ampliamente señalados en la parte motiva de este fallo, más el monto que resulte de la experticia complementaria ordenada. Y ASI SE DECIDE.-