Por todo lo antes expuesto, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente Juicio. Se ordena la notificación de la parte actora de conformidad con lo establecido en el artículo 251 de la Ley Adjetiva Civil, y una vez conste en autos la notificación comenzará a correr el lapso para interponer los recursos a que haya lugar. En consecuencia, se ordena la notificación del ciudadano abogado en ejercicio FRANKI SALVADOR MÁRQUEZ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 11.467.852, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 105.742, con domicilio procesal en la Avenida Bolívar, entre calles 24 y 25, Edificio Oficentro, piso 2, oficina 21, de la ciudad de Mérida, estado Mérida y jurídicamente hábil, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano ANDRÉS EMILIO LACRUZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad .....