En fuerza de las consideraciones precedentes, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la demanda de ACCION MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO POR UNION ESTABLE DE HECHO, presentada por la ciudadana MERCEDES MAGALIS CONDE GUAIMARATA, Venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de identidad Numero V. 11.170.682 y de este domicilio debidamente asistida por la ciudadana CARLA ALCOCER, abogada en ejercicio inscrito en el IPSA bajo el Nº 263.428,con domicilio procesal en la Urbanización Cayaurima, TH 14 Calle M, Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, teléfono (0414) 7266588 con el Ciudadano LUIS EDUARDO MARQUEZ PACHECO, Nacionalidad venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, Soltero de profesión u Ocupación: "Pensionado", titular de la cedula de identidad Numero V- 10.041.396, por infringir el.....