que este Tribunal de Ejecución Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, REVOCA el Beneficio de REGIMEN ABIERTO al penado ALI RAMÓN GUTIERREZ, de conformidad con el Artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se permanecerá recluido en el Internado Judicial Yaracuy. Se ordena remitir copia del presente auto al Internado Judicial Yaracuy con la. Así mismo se acuerda oficiar al Fiscal Superior del Ministerio Público a fin que aperture la correspondiente averiguación, por cuanto el penado incurrió en el delito de quebrantamiento de condena, de conformidad al Artículo 259 del Código Penal. Notifíquese a la Defensora Público Tercera y al Fiscal Penitenciario. Cúmplase.
La Juez de Ejecución Nº 1
La Secretaria
Abg. Esmeralda López Guzmán
Abg. Daniela Silva