este juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Régimen del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA EN EL PRESENTE JUICIO, por haber transcurrido en el caso de autos, el lapso legal previsto para tales efectos, sin que conste de ellos la ejecución en ese período, de algún acto de procedimiento y se ordena la notificación de las partes.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el compilador respectivo.
Dado, firmado y sellado, en la sala del despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Régimen del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, a los 04 días del mes de Diciembre de 2012, años 202 de la Independencia y 153 de la Federación.
EL JUEZ
Abg. RENE ARTRO LOPEZ RAMO
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