En fuerza de las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior Accidental Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida preventiva de embargo solicitada por la representación judicial de la sociedad mercantil MERCANTIL C.A., BANCO UNIVERSAL, en el juicio que por cobro de bolívares por el procedimiento de intimación incoara la sociedad mercantil MERCANTIL C.A., BANCO UNIVERSAL, contra de la sociedad mercantil SERVICIOS DE COMEDORES ORLANDO, C.A., identificados ut supra. Todo ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil MERCANTIL C.A., BANCO UNIVERSAL, parte actora en la present.....