SE ABSTIENE DE ADMITIR LA PRESENTE SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO (AGRARIO), incoada por los ciudadanos GLEDYS YOLEIDA VASQUEZ DE GONZALEZ y EDDY GONZALEZ MENDEZ, venezolana la primera y Cubano el segundo, estado civil casados, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 9.586.208 y E-84.494.787, debidamente asistidos por la Abogada MARIA TRINIDAD CASTROR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 45.879, por cuanto se evidencia una clara omisión en la consignación de instrumentos fundamentales, como lo es, el plano del levantamiento topográfico correspondientes a las mencionadas bienhechurías, donde se verifique su ubicación, superficie y linderos de la parcela de terreno objeto de la presente solicitud, así como el deber de consignar copia certificada de los documentos de propiedad del terreno, y certificación de gravámenes del mismo, así mismo debe indicar los datos de los testigos a presentar, así como su dirección.- En consecuencia, se ORDENA librar el presente d.....