En fuerza de las consideraciones anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación de fecha 23 de abril de 2009, interpuesta por la parte intimante abogado NORMAN MOLINA MAESTRE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 41.550, inserta al folio 14 de este expediente, en contra del auto de fecha 20 de abril de 2009, dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con motivo del juicio que por ESTIMACION e INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES sigue el abogado NORMAN MOLINA MAESTRE contra el ciudadano FIDEL ANGEL SALAZAR supra identificados.
SEGUNDO: Se confirma el referido auto de fecha 20 d.....