Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato de arrendamiento interpuesta por el ciudadano ROBERTO HUNCAL LICCIONI contra la ciudadana LUZ STELLA ZAPATA DE LEZAMA. ASI SE DECIDE.
Se condena en costas del proceso a la parte actora por haber sido vencida en forma total en esta littis, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en este Juzgado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, a los cinco (05) días del mes de mayo del año dos mil ocho (2.008). Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
El Juez.,
Dr. NOEL AGUIRRE ROJAS.
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