PARTE DISPOSITIVA:
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: REVISA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITIVA POR EL DECAIMIENTO DE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRESENTACIONES E IMPONE MEDIDA CAUTELAR MENOS GRAVOSA consistente en la presentación de DIETHER ARMANDO ACOSTA GIMENEZ ante el tribunal cuando sea requerido mediante notificación, de conformidad con lo establecido en los el artículos 244, 256 ordinal 9 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Y con el fin de tramitar la presente causa se acuerda fijar fecha para realizar Juicio Mixto para el día 09-07-08 a la 9:00 a.m. Visto que la víctima ha sido citada en varias oportunidades sin lograrse su comparecencia, se acuerda citarla por medio de la policía y colocar en la boleta la advertencia que de no comparecer será traída por la fuerz.....