DECLARA:
PRIMERO: SE INSTA a la parte demandante ciudadano ADAMI AZO ALDO FRANCISCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.095.957, a señalar el equivalente en unidades tribunal del valor indicado en el escrito libelar.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia WWW.TSJ.GOB.VE.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, En San Felipe, a los cinco (05) día del mes de mayo de 2023. Años: 213° de la Independencia y 164° de la Federación.