Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar,, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda que por EJECUCION DE HIPOTECA CONVENCIONAL ESPECIAL DE PRIMER GRADO, incoada por el BANCO CARONI, C.A, BANCO UNIVERSAL contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2.005, C.A., ambas partes identificadas en el encabezado del presente fallo. En consecuencia se condena a la parte demandada Sociedad Mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2.005, C.A., a pagar a la parte actora, las siguientes cantidades de dinero:
PRIMERO: La cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.600.000,oo) por concepto de saldo capital del préstamo.
SEGUNDO: La cantidad de TRESCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 362.566,67), correspondiente .....