Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: Sin Lugar los Recursos de Apelación, siendo ejercido el 1º de ellos por el Abg. Carlos Eduardo Baez, Defensor Privado de la ciudadana imputada Jhonaidi Leonides Escala Moreno; y presentado el 2º libelo recursivo por el Abog. Emiliano Ibarra, Defensor Público Penal 5°, procediendo en asistencia de los ciudadanos imputados Geovany Alejandro Nava Ochoa, Luís Ramón Acosta Vriggs y Xavier José Prado Mendoza; tal impugnación ejercida a fin de refutar el fallo que emitiera el Tribunal 1º Accidental en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en esta ciudad, dictado en fecha 26-08-2010 en ocasión al acto de Audiencia de Presentación de Imputados, y mediante el cual declara imponer a los ciudadanos procesados en mención, Medida Cautelar P.....