Se dictó y público sentencia interlocutoria N° PJ0172017000077, mediante la cual se declaró: Primero: Sin lugar el recurso de apelación ejercido por el abogado Carlos Amauris Aular Cabeza co-apoderado judicial de la parte demandada ciudadano Jhonny Elías Masri presidente de la Sociedad Mercantil TV RIO, C.A. en contra de la decisión dictada en fecha 6 de junio de 2017 por el Tribunal Segundo de Municpio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres de ésta misma Circunscripción Judicial. Segundo: Sin lugar la cuestión previa del artículo 346 del ordinal 11° del Código de Procedimiento Civil propuesta por la parte demandada.Tercero: Queda así confirmada la sentencia apelada de fecha 06/06/2017. Cuarto: Se ordena la notificación de la parte recurrente de conformidad con los artículos 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta. Quinto: Se condena en costas a la parte apelante de conformidad con los artículos 274 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.