DISPOSITIVO
En virtud de las consideraciones anteriores este Tribunal en Funciones de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA la competencia para el conocimiento del presente asunto en el Tribunal de Control N° 2 de este Circuito Judicial Penal. Remítase el presente asunto y líbrese el oficio respectivo. Cúmplase.
El Juez de Juicio N° 2
Abog. Wladimir Di Zacomo Capriles
La Secretaria,
Abg. Rossana Ceresa