DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda y en consecuencia de ello se establece al ciudadano: ARMANDO JOSÉ FERNÁNDEZ TORRES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.515.009 y de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención a favor de su hijo el niño (Identidad omitida), de once (11 años de edad, por la cantidad de DOSCIENTO CUARENTA MIL BOLÍVARES (BS.240.000) mensuales, que deberá entregar directamente a la demandante previo recibo firmado por ésta o en su defecto en la cuenta que al efecto le indique el Tribunal, una vez que haya quedado firme esta decisión.
Segundo: Adicionalmente a la cuota de manutención mensual el demandado debe.....