De acuerdo a las consideraciones expuestas este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
Declara CON LUGAR la demanda por reconocimiento de firma, basada en el artículo 450 y 444 al 448 del Código de Procedimiento Civil, así como el artículo 1.364 del Código Civil, incoada por el ciudadano NESTOR MANUEL ZERPA GONZÁLEZ, asistido por el abogado en ejercicio de su profesión Afranio J. Pérez Oropeza, contra la ciudadana CARMEN BERENICE RIVERO de YNOJOSA.
En consecuencia, se declara judicialmente reconocido por la ciudadana CARMEN BERENICE RIVERO de YNOJOSA, la firma contenida en el instrumento que se acompañó como documento fundamental de la presente acción, y que se encuentra agregado al folio 02 del presente expediente.
Se condena al pago de las costas procésales a la parte demandada, conforme a lo est.....