DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones anteriores, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales incoada por el ciudadano LEONEL ALBERTO PEÑA FIGUEROA contra de la empresa BANCO CARONI, C.A., BANCO UNIVERSAL, C.A. Así se establece.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costa dada la naturaleza del fallo. Y así se establece.-
Se Condena a la parte demandada a cancelar a la parte actora, la cantidad que será calculada mediante experticia complementaria del fallo correspondiente, de acuerdo la los parámetros establecido en cada concepto condenados en el contenido de la presente sentencia.