Por todos los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: "CON LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia de fecha 03 de febrero de 2011, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se revoca la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se declara "SIN LUGAR" la demanda por CALIFICACION DE DESPIDO, incoada en el presente asunto por el ciudadano EUSEBIO RAMON ACOSTA LOPEZ contra la empresa TRANSPORTE MOCOPA, C.A., ambas partes plenamente identificadas a los autos. ASI SE DECIDE.
TERCERO: De acuerdo a lo preceptuado en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del .....