Este Tribunal se abstiene de admitir la demanda y en uso de las facultades que le otorga el articulo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ordena a la representación de la parte Recurrente INSTITUTO DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO BOLIVAR, realice la consignación requerida DENTRO DE LOS DOS (02) DIAS DE DESPACHO SIGUIENTES a la práctica de la notificación, so pena de no admisión.