Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA EN EL PRESENTE JUICIO por RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO interpuesto por la empresa ARTESANÍA CARONÍ GALLETTI, F. P.; domiciliada en Puerto Ordaz, estado Bolívar e inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, en fecha 01 de julio de 1996, bajo el Nº 160, Tomo B- Nº 4, a través de su apoderado judicial ciudadano FIDEL ISEA ORTIZ, Abogado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 109.287, contra la Providencia Administrativa Nº SS-2012-00197, de fecha 14 de de 2008, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR, mediante la cual declaró infractora a l.....