este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, se abstiene de decretar TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos HERMELINDA JOSEFINA FERNANDEZ SUAREZ y ORLANDO RAFAEL PEROZO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad número V-9.638.435 y V-9.636.270, respectivamente, domiciliados en el Caserío Guarataro, calle principal, Parroquia San Javier, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, asistidos por el abogado SAMUEL ANTONIO CAMACARO PAEZ, inscrito en el Inpreabogado con el número 163.249, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo este Tribunal acuerda la devolución de los originales cursante a los folios cinco (05) y seis (06), en consecuencia entréguese los originales a los solicitados y en su lugar déjese copia certificada de los mismos.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Déjese copia certi.....