Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: HOMOLOGA LA TRANSACCION, efectuada por la abogada OLINDA GAMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.189.996 inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 68.466, apoderada judicial de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA MIXTA DE PRODUCTORES AGRICOLAS DEL MUNICIPIO VEROES en la persona del ciudadano HENRY DAVID VILLEGAS MONTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 3.706.910 y FUNDACION PARA EL DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO YARACUY (FUNDESOY) representada judicialmente por el abogado EDGARDO ANDRES FIALLO MOGOLLON, venezolano, mayor de edad, cedula de identidad N° V-26.429.227, inscrito en el Inpreabogado N° 315.377, y actuando en este acto como Apoderado Judic.....