decreta la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con el 267 ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, se EXTINGUE LA INSTANCIA ante esta Superioridad y la Primera Instancia, de la demanda interpuesta por la ciudadana ANA EMILIA CUBLAL VIUDA DE OSORIO, presentó formal demanda en contra del ciudadano: GILBERTO DE JESUS RUA VILLA, colombiano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. E-81.612.920, por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. Se deja sin efecto la medida de Secuestro practicada el 14 de febrero del 2006 por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipio Heres y Raul Leoni del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar sobre el inmueble formado por un LOCAL COMERCIAL distinguido con 64-A ubicado en La Calle Independencia de esta Ciudad con los siguientes linderos NORTE: Calle independencia con 5,50mts SUR: Parcela de Emilia Osorio con 5.50 mts, ESTE: casa y solar de Jesús Alvarado con 11.00 mts y OESTE: Casa .....