En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ACUERDA HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO hecho por la parte actora. En consecuencia, SE EXTINGUE EL PROCESO y se ordena el archivo del expediente, la devolución de los recaudos presentados en original y déjense copias certificadas, una vez firme la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada, en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los seis (6) días del mes de julio de 2016. Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación.
La Juez Suplente,
Abg. FELIMAR ORT.....