Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "SIN LUGAR" el Recurso de Apelación, ejercido por la parte demandante, contra la decisión de fecha 19 de marzo de 2014, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se declara "INADMISIBLE" el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, interpuesto por el ciudadano EDGAR ALEJANDRO REYES contra la Providencia Administrativa N° 0264/2013 de fecha 21de junio de 2013, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.