DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y como consecuencia de ello se establece al ciudadano: DANIEL EDUARDO FERNÁNDEZ ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-23.780.970 y de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención a favor del niño (Identidad Omitida), por la cantidad de DOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 2.000.000.00), quincenales pagaderos al inicio de cada quincena los cuales deberá entregar directamente a la madre del niño en referencia, previo recibo firmado por ésta o consignarlos en la cuenta de ahorros que para tal fin se abra.-
Segundo: Adicionalmente a la referida cuota de manutención mensual el demandante deberá cump.....